El plazo para solicitar el voto por correo en Andalucía finaliza este jueves 7 de mayo
Los electores andaluces que no puedan acudir a las urnas el próximo 17 de mayo disponen de apenas tres días para tramitar su solicitud de voto por correspondencia, ya sea a través de la web de Correos o en cualquier oficina postal de España.
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Las elecciones autonómicas al Parlamento de Andalucía se celebrarán el 17 de mayo de 2026 y quienes no puedan desplazarse a su colegio electoral ese día tienen hasta el próximo jueves, 7 de mayo, para solicitar el Certificado de inscripción en el Censo Electoral de la Comunidad Autónoma de Andalucía, requisito imprescindible para ejercer el derecho al voto por correspondencia. El trámite está abierto a todos los electores de la comunidad, incluidos los de Sevilla y su provincia, y puede realizarse de forma telemática en la web de Correos (www.correos.es) o presencialmente en cualquier oficina postal del territorio nacional.
Una vez obtenida la documentación y emitido el voto, el sobre deberá depositarse en una oficina de Correos antes del miércoles 13 de mayo de 2026, fecha en la que expira el plazo de depósito. Las oficinas admitirán estas entregas durante su horario habitual de apertura en toda España.
Es importante tener en cuenta que, una vez aceptada la solicitud de voto por correo, el elector queda excluido de la posibilidad de votar en la mesa electoral el día de los comicios. Se trata, por tanto, de una decisión que conviene meditar antes de iniciar el trámite.
Cómo solicitar el voto por internet
La vía telemática exige acreditar la identidad del solicitante mediante autenticación y firma electrónica, lo que implica contar con certificados digitales reconocidos o utilizar el DNI electrónico (DNI-e). Quienes dispongan de alguno de estos sistemas podrán completar el proceso íntegramente desde la web de Correos sin necesidad de desplazarse a una oficina física.
Solicitud presencial en oficinas de Correos
Para quienes prefieran acudir de forma presencial, la solicitud debe realizarla personalmente el interesado. El trámite requiere presentar en original alguno de los siguientes documentos de identificación: DNI, pasaporte o carnet de conducir. No se admiten fotocopias ni documentos caducados.
Existe una excepción a la regla de presencialidad: en caso de enfermedad o discapacidad acreditada, otra persona puede presentar la solicitud en nombre del elector, siempre que cuente con una autorización notarial o consular que lo habilite para ello.
Correos ofrece además la posibilidad de concertar cita previa para realizar la gestión en oficina, un servicio disponible a través de su aplicación móvil, su página web y la Oficina Virtual de la compañía.
Tramitación y envío de la documentación electoral
Una vez recibidas las solicitudes, Correos las traslada a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía, organismo encargado de verificar los datos y remitir al solicitante toda la documentación necesaria para ejercer el voto por correspondencia.
La Oficina del Censo Electoral comenzó a enviar esta documentación el pasado 27 de abril y continúa haciéndolo de forma progresiva. Los sobres con las papeletas y el material electoral se reciben en la dirección que el elector haya indicado en su solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. Esta opción resulta especialmente útil para quienes se encuentren desplazados por motivos laborales o personales durante el periodo electoral.
Fechas clave para los electores sevillanos
A modo de resumen, los ciudadanos de Sevilla y del resto de Andalucía que deseen votar por correo deben tener presentes tres fechas fundamentales: el 7 de mayo como límite para solicitar el certificado censal, el 13 de mayo como último día para depositar el voto en una oficina de Correos y el 17 de mayo, jornada en la que se celebrarán las elecciones autonómicas al Parlamento de Andalucía.