Sevilla, la provincia andaluza con más municipios afectados por la plaga de conejos

La Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha aprobado medidas cinegéticas excepcionales que afectan a 141 localidades de cuatro provincias para frenar los daños del conejo silvestre en la agricultura. De todas ellas, 59 pertenecen a Sevilla, que encabeza así la lista regional.

SEVILLA | Redacción LVS
Sevilla, la provincia andaluza con más municipios afectados por la plaga de conejos

La Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad de la Junta de Andalucía ha dictado una resolución, ya publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), que establece medidas cinegéticas excepcionales para la temporada 2026-2027 con el fin de controlar el crecimiento de las poblaciones de conejo silvestre y reducir los perjuicios que esta especie provoca en cultivos e instalaciones agrícolas de zonas con elevada densidad de ejemplares.

La normativa abarca 141 términos municipales repartidos entre cuatro provincias: Sevilla lidera el listado con 59 localidades, seguida de Granada con 36, Jaén con 34 y Málaga con 12. El protagonismo de la provincia hispalense se explica por la concentración de daños en las áreas cinegéticas del Valle del Guadalquivir, una de las zonas donde las poblaciones localmente altas de conejo han causado mayores perjuicios en los últimos tiempos, junto con la Depresión de Granada y el Piedemonte de las Subbéticas.

La resolución llega tras un proceso en el que las diferentes delegaciones territoriales de Sostenibilidad y Medio Ambiente elaboraron una propuesta de términos municipales candidatos a la declaración de emergencia por daños. El resultado fue elevado al Comité de Caza del Consejo Andaluz de Biodiversidad, que fue informado el 25 de mayo de 2026 y cuyo dictamen ha desembocado en la publicación de esta normativa.

Modalidades y períodos de caza autorizados

El período hábil general para la caza del conejo en la temporada 2026-2027 va del 9 de agosto al 29 de noviembre de 2026. No obstante, las medidas excepcionales amplían considerablemente los plazos y las técnicas permitidas en los municipios incluidos en la resolución. La captura en vivo mediante hurón y redes queda habilitada durante toda la temporada de caza.

El uso de armas de fuego se extiende desde el 30 de noviembre de 2026 hasta el 28 de febrero de 2027. Sin embargo, en determinados municipios de Granada, Jaén y Sevilla la única modalidad autorizada con armas de fuego es la captura con hurón y redes, y los días hábiles se restringen a jueves, sábados y domingos.

El empleo de perros se permite entre el 30 de noviembre de 2026 y el 31 de enero de 2027, con un tope de tres perros por persona cazadora. Las aves de cetrería disponen del mismo período que las armas de fuego -del 30 de noviembre al 28 de febrero-, pero con la particularidad de que resultan hábiles todos los días de la semana. Las actuaciones en terrenos cinegéticos se regirán por los respectivos planes técnicos de caza y la Orden de 5 de junio de 2018, salvo en lo relativo a la cetrería, donde se amplía la disponibilidad a diario.

Límites de cazadores y requisitos para acogerse a las medidas

Cada jornada admite un máximo de cinco personas cazadoras por cada 250 hectáreas, cifra que puede incrementarse en dos más por cada fracción adicional de 100 hectáreas. Podrán beneficiarse de estas medidas los titulares de cotos de caza que ya tengan incorporado el control de daños por conejos en sus planes técnicos y cuyos terrenos figuren dentro del ámbito territorial de la resolución.

Los municipios que no aparecen en la norma no quedan desatendidos: los responsables de los cotos pueden incluir medidas de control a través de la modificación de su plan técnico de caza. En el caso de terrenos no cinegéticos, los titulares de los cultivos afectados tienen la posibilidad de solicitar autorizaciones excepcionales para emprender acciones de control por su cuenta.

Destino de los conejos capturados

Los ejemplares atrapados pueden dedicarse a autoconsumo, ser trasladados a zonas alejadas dentro del propio coto -siempre que el plan técnico lo contemple o se disponga de informe favorable- o emplearse en la repoblación de otros cotos distintos al de captura. En este último supuesto, los titulares deben adoptar medidas preventivas y cumplir la normativa vigente en materia de sanidad animal, transporte y comercialización en vivo de especies cinegéticas.

Además, los responsables de los cotos que apliquen estas medidas excepcionales están obligados a elaborar un resumen de los resultados obtenidos e incluirlo en la memoria anual de actividades cinegéticas. Dicho informe debe detallar los medios de captura empleados, el número de personas cazadoras que participaron, la cantidad de conejos capturados, la fecha y el método de captura y cualquier otra información que se considere relevante.

Una especie clave para el ecosistema mediterráneo

El conejo silvestre constituye una pieza fundamental de los ecosistemas mediterráneos: es el principal recurso trófico de numerosas especies amenazadas y está considerado uno de los mejores indicadores biológicos del territorio. Su caza representa, además, una de las actividades cinegéticas de mayor arraigo en Andalucía: se trata de la pieza de caza menor más frecuentemente cobrada por los cazadores andaluces y posee una importancia socioeconómica y ambiental notable.

Pese a que los datos globales reflejan una densidad media-baja de conejo para el conjunto de la comunidad autónoma, las concentraciones localmente elevadas en enclaves como el Valle del Guadalquivir, la Depresión de Granada o el Piedemonte de las Subbéticas han generado daños crecientes en la agricultura, circunstancia que ha motivado la adopción de estas medidas extraordinarias para la próxima temporada.