Un menor es condenado a nueve meses de libertad vigilada por herir a un policía en Sevilla tras huir en patín eléctrico

La Audiencia Provincial de Sevilla confirmó hoy la sentencia del Juzgado de Menores que impuso la medida tras saltarse un semáforo en rojo la madrugada del 4 de julio de 2024. El joven deberá abonar con sus padres 1.927,40 euros de indemnización al agente, que sufrió heridas en su rodilla derecha.

SEVILLA | Redacción LVS
Un menor es condenado a nueve meses de libertad vigilada por herir a un policía en Sevilla tras huir en patín eléctrico

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla confirmó hoy íntegramente la sentencia que condenó a un menor a nueve meses de libertad vigilada por un delito de atentado a agente de autoridad y un delito leve de lesiones. El fallo original, dictado por el Juzgado de Menores número 2 de Sevilla, estableció además que el joven debe abonar de forma conjunta y solidaria con sus padres la cantidad de 1.927,40 euros en concepto de indemnización al policía herido. El tribunal absolvió al menor de los delitos contra la seguridad del tráfico que argumentaba el Ministerio Público.

Los hechos ocurrieron la madrugada del 4 de julio de 2024, cuando el joven circulaba a bordo de un patín eléctrico de color negro por la capital hispalense. Según recoge la sentencia, el menor "pese a lucir los semáforos que vinculaban su marcha en rojo, no detuvo el patín" en una intersección, lo que obligó a dos agentes de la Policía Local a evitar una colisión inminente.

Persecución nocturna con riesgo para terceros

Los policías accionaron las luces de emergencia y los gálibos del patrullero para que el menor detuviera su marcha, pero el joven "hizo caso omiso a las órdenes de detención" y "emprendió su huida". La sentencia detalla que el menor se adentró en una vía cercana a un aparcamiento y zona peatonal con "riesgo de colisionar con algún vehículo y atropellar a algún viandante".

Uno de los agentes bajó del vehículo policial y continuó a pie la persecución. El policía realizó señales al menor para que detuviera su marcha de forma inmediata, sin lograr tal objetivo. El joven prosiguió la conducción del patín eléctrico y golpeó al agente, tras lo que cayeron ambos al suelo. El menor fue inmovilizado posteriormente.

El policía sufrió heridas en su rodilla derecha y recibió una sola asistencia en un centro médico, curando sin secuelas.

La defensa alegó falta de pruebas

El representante procesal del menor interpuso un recurso de apelación contra la sentencia. La defensa alegó que no había quedado acreditado el delito de atentado ni el de lesiones, argumentando que "se desconoce la causa exacta de la lesión sufrida por el agente". Solicitó la aplicación del principio "in dubio pro reo", que establece que la falta de culpabilidad equivale a la presunción de inocencia ante la duda.

La Audiencia Provincial desestimó el recurso al considerar que la defensa no presentaba "ninguna prueba que acredite la falsedad de los indicios o su ilógica valoración". El tribunal concluyó que existía "suficiente prueba de cargo" en contra del menor y que este debía "soportar las consecuencias derivadas de su inactividad probatoria".

La confirmación de la sentencia supone que el menor cumplirá los nueve meses de libertad vigilada establecidos por el Juzgado de Menores, además de hacer efectiva la indemnización al agente herido.

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