Adelante lleva al Parlamento andaluz la venta de las 102 viviendas protegidas de Jiménez Becerril que el Ayuntamiento renunció a comprar

El portavoz de Adelante Andalucía en Sevilla y diputado autonómico, Javier Montes, anunció este jueves que llevará al Parlamento de Andalucía la venta del edificio de 102 viviendas protegidas de la avenida Concejal Alberto Jiménez-Becerril, 27, en el distrito Macarena, tras reunirse con las familias afectadas. El caso llega a la cámara autonómica después de recorrer, sin solución, todas las instancias municipales: el gobierno local decidió no adquirir el inmueble para el parque público pese al aval de sus propios servicios técnicos, y autorizó la compraventa.
Montes ha registrado iniciativas parlamentarias y solicitudes de información dirigidas a la Junta de Andalucía, titular última de la supervisión del régimen de vivienda protegida, para esclarecer los detalles de la operación. La formación reclama "máxima transparencia" y el "cumplimiento de la función social" que motivó la construcción de la promoción, cuya calificación protegida rige hasta 2036.
Una operación gestada en el Ayuntamiento
El origen del caso no está en San Telmo, sino en la Gerencia de Urbanismo de Sevilla. La documentación del expediente la publicó el periodista Manuel Jesús Florencio a comienzos de marzo, semanas antes de las primeras reacciones de los grupos políticos. El edificio, con 102 viviendas de alquiler protegido -calificadas como Renta Básica y Renta Básica Jóvenes, con 25 años de alquiler obligatorio- y garajes vinculados, es objeto de compraventa entre dos sociedades catalanas: la vendedora, Inmo Criteria Arrendamiento (Barcelona, grupo Criteria), y la compradora, Inmoliving S. XXI, con domicilio fiscal en Tarrasa. El precio: 4.190.000 euros más impuestos, unos 41.078 euros por vivienda protegida con garaje frente al Guadalquivir. La vendedora comunicó la operación a la Gerencia en diciembre de 2025 al solicitar la autorización preceptiva.
Y aquí está el corazón del caso, porque el relato del "tanteo renunciado" se queda corto. Según la documentación del expediente publicada por Florencio, los servicios de la Gerencia analizaron la operación y concluyeron que los derechos de adquisición preferente pactados en su día no eran ejercitables en ese momento, pero que el Ayuntamiento sí podía adquirir el edificio directamente con cargo al Patrimonio Municipal de Suelo, con pleno encaje en la ley urbanística andaluza y en la ley estatal de vivienda. Los propios técnicos municipales avalaron la compra como una oportunidad, por su precio muy inferior al coste de reposición y como garantía del servicio público frente a la entrada de fondos de inversión privados. La Gerencia llegó a incoar el expediente de posible compra. Finalmente, el gobierno municipal acordó no adquirir y autorizar la compraventa. Es decir: no es que el Consistorio no pudiera; es que sus técnicos dijeron que podía y convenía, y decidió que no.
La justificación que trascendió después, según expuso IU en una pregunta a la Comisión de Control de abril, fue que 9 de las 102 viviendas se encontraban "sin posesión", mientras las otras 93 figuraban alquiladas. La decisión contó con la oposición del PSOE, cuyo concejal Nacho González exigió al alcalde José Luis Sanz que rectificara. IU llevó el asunto al pleno en mayo y presentó en junio una moción para que el Consistorio inicie la adquisición del edificio, directamente o a través de EMVISESA o la Gerencia de Urbanismo.
En la jerga inmobiliaria, una vivienda "sin posesión" es aquella cuya entrega efectiva el vendedor no puede garantizar porque está ocupada sin título vigente o en situación litigiosa: quien la compra adquiere la propiedad, pero hereda el procedimiento para recuperar el uso. La etiqueta, sin embargo, es un cajón de sastre que abarca desde ocupaciones ilegales hasta inquilinos con contratos vencidos o en disputa judicial, y ahí reside la controversia: la defensa de los vecinos sostiene que lo que la Gerencia trató como ocupaciones son en realidad alquileres judicializados de la propia promoción, por lo que la renuncia municipal se habría adoptado sobre premisas erróneas, según la estrategia jurídica del abogado Francisco Granados recogida por Espacio Andaluz.
Las subidas ya están en los buzones
Lo que en primavera era una advertencia se materializó en junio: las familias comenzaron a recibir las primeras notificaciones de incremento de renta tras el cambio de propiedad, con subidas superiores al 30% en algunos contratos, según denunció entonces el PSOE. Las cifras que maneja ahora Adelante, tras su reunión con los vecinos, elevan algunos incrementos hasta el 46%.
Los residentes, adjudicatarios de alquileres asequibles desde hace unos quince años, denuncian además incertidumbre sobre su futuro, deficiencias de mantenimiento en zonas comunes y falta de información por parte de la nueva propiedad. Su temor de fondo: que al expirar la protección en 2036 las viviendas pasen al mercado libre y las familias acaben expulsadas.
El precedente de Málaga
El argumento municipal tiene un contraejemplo a 200 kilómetros. En la promoción malagueña de Soliva, ante una intención de venta análoga por parte del mismo grupo vendedor, la presión social llevó al Ayuntamiento de Málaga a rectificar y ejercer su derecho de adquisición, según publicó Espacio Andaluz. Misma cartera vendedora, respuesta municipal opuesta.
El caso sevillano se produce, además, en un contexto en el que el Ayuntamiento mantiene una intensa colaboración con operadores privados en materia de vivienda protegida: en diciembre se formalizó la cesión de 17.543 metros cuadrados de suelo público junto a FIBES a la adjudicataria de un concurso de EMVISESA para construir y explotar 691 viviendas protegidas en alquiler con una inversión de 130 millones, operación apoyada por la Junta con 24 millones de fondos europeos y que el PSOE criticó entonces como una "oportunidad perdida" por externalizar a una empresa privada la construcción de vivienda protegida.
Qué ha cambiado desde entonces (y la pregunta que nadie responde)
El caso ha dejado huella normativa. A finales de abril, la Junta de Gobierno Local aprobó facultar a EMVISESA para ejercer en nombre del Ayuntamiento los derechos de tanteo y retracto en las ventas de viviendas protegidas, amparándose en la nueva Ley 5/2025 de Vivienda de Andalucía, en vigor desde el 24 de enero, que obliga a los titulares de VPO a comunicar al Ayuntamiento su intención de venta, con precio incluido.
Queda, sin embargo, la pregunta incómoda: ¿habría evitado esta herramienta la venta de Jiménez Becerril? La propia ley andaluza reduce el tanteo y retracto, a diferencia de la legislación anterior, a las transmisiones realizadas por los adjudicatarios y sucesivos titulares de las viviendas. La operación de Jiménez Becerril no fue eso: fue la venta en bloque de un edificio entero. Si las ventas de promociones completas quedan fuera del nuevo mecanismo, la puerta por la que salió este edificio seguiría abierta.