El TSJA eleva de ocho a 15 años la condena por abusar sexualmente de tres menores

El auto, fechado el 21 de enero, modifica la sentencia dictada en septiembre de 2024 por la Audiencia Provincial, que condenó al acusado por delitos cometidos entre 2017 y 2020 contra menores de su entorno escolar.

SEVILLA | Redacción
El TSJA eleva de ocho a 15 años la condena por abusar sexualmente de tres menores

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha elevado de ocho a 15 años de cárcel la condena para un hombre en Sevilla por agresión sexual a tres menores. La Sala de lo Penal ratificó que el acusado aprovechó la confianza generada en un grupo de padres del entorno escolar para realizar tocamientos y, en el caso más grave, una agresión con acceso carnal.

La sentencia detalla que el condenado vinculó su vida social a las familias de las víctimas, propiciando encuentros en domicilios y casas rurales. El TSJA subraya una "progresión" en las agresiones, facilitada por el silencio inicial de los menores, lo que ha sido determinante para el incremento de la pena respecto a la sentencia inicial de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Cronología de los abusos y acceso carnal

Los hechos probados documentan agresiones entre 2017 y 2020. En una casa rural, el acusado realizó tocamientos a un menor tras entrar en su cama; en otra ocasión, agredió a una segunda víctima mientras veían un partido de fútbol. La agresión de mayor gravedad ocurrió en marzo de 2020, cuando el condenado realizó una felación a un menor de diez años que se había quedado a dormir en su domicilio.

Respecto a la tercera víctima, el tribunal recoge episodios de tocamientos y un suceso en el que el menor despertó en un sofá sin recordar cómo había llegado allí. El Alto Tribunal andaluz ha desestimado el recurso de la defensa, validando la credibilidad de los testimonios de los menores a pesar del tiempo transcurrido.

Fundamentación jurídica y penas impuestas

La Sala aplicó la legislación penal más favorable al reo, determinando que el delito continuado de agresión sexual con acceso carnal debía castigarse en su mitad superior debido a la continuidad delictiva. Esto fija la horquilla penal entre los nueve y los doce años de prisión por el cargo principal.

Finalmente, el TSJA impuso penas de 9, 4 y 2 años por los delitos cometidos contra cada uno de los menores. Además, la sentencia establece una restricción clave: el condenado no podrá acceder al tercer grado penitenciario hasta que haya cumplido, al menos, la mitad de los 15 años de prisión impuestos.

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