Confirmados 16 años de cárcel para el falso taxista que violó a una joven en Sevilla

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha ratificado íntegramente la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla, al desestimar el recurso de apelación presentado por la defensa del agresor.

SEVILLA | Redacción LVS
Confirmados 16 años de cárcel para el falso taxista que violó a una joven en Sevilla

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado este miércoles la condena de 16 años de cárcel para el hombre que en mayo de 2024 agredió sexualmente y lesionó gravemente a una joven en Sevilla tras hacerse pasar por conductor de un taxi pirata, es decir, un desconocido que se valió del engaño de ofrecer un servicio de transporte para ganarse la confianza de la víctima. La pena se desglosa en catorce años de prisión por un delito de agresión sexual -violación- con extrema violencia y dos años más por un delito de lesiones.

La resolución, dictada desde la sede de la Real Chancillería de Granada, desestima en su totalidad el recurso de apelación interpuesto por la defensa del encausado contra la sentencia que había dictado la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla. El tribunal de apelación asume así el relato probatorio y la calificación jurídica del órgano sentenciador sin introducir correcciones.

La defensa había centrado su recurso en cuestionar la validez de la prueba de ADN practicada al acusado. Alegó que la muestra biológica "se había conservado más tiempo del que permite" la Ley Orgánica 10/2007, reguladora de la base de datos policial de identificadores genéticos, y que además se había vulnerado el derecho del investigado a contar con asistencia letrada durante la toma de muestras.

El TSJA avala la prueba de ADN

La Sala rechazó ambos argumentos. En cuanto a la prueba genética, el tribunal consideró que "la investigación policial llevada a cabo había recabado indicios incriminatorios que habían permitido la identificación de este hombre, y por ello estaba perfectamente justificada la práctica de la prueba ADN a éste". De este modo, la existencia previa de indicios policiales bastaba para legitimar la obtención y el cotejo de la muestra.

Respecto a la valoración global de las pruebas, el TSJA señaló que "la Audiencia Provincial ha llevado a cabo una valoración completa, detallada y profunda de los distintos medios de prueba practicados en el acto del juicio oral", una valoración que fue "asumida en su totalidad" por el tribunal de apelación al considerar que "responde a un criterio lógico y racional".

La Sala fue especialmente contundente al analizar el enfoque del recurso. A juicio del tribunal, la defensa "se limita a exponer una valoración probatoria de los medios de prueba practicados que responde a su propia apreciación personal más favorable a sus intereses" y, además, "prescinde del resultado del ADN", lo que debilitaba la totalidad de su argumentación.

Violencia calificada de extrema

El TSJA también ratificó la aplicación del subtipo agravado de violencia extrema que había apreciado la Audiencia Provincial. El tribunal detalló que "el hecho de coger por los pelos y arrastrar a la víctima por un camino, el hecho de sumergirle la cabeza hasta en tres ocasiones en el agua o pisarle el tobillo o golpearle con fuerza en la herida que le había causado en el hombro merecen la calificación de violencia extrema".

La acumulación de actos violentos antes, durante y después de la agresión sexual llevó al tribunal a mantener la calificación agravada que incrementó sustancialmente la pena de prisión impuesta al condenado.

El relato de los hechos probados

Los hechos se remontan a mayo de 2024 en Sevilla. La víctima, una joven que acababa de salir de una discoteca con una amiga sobre las 08:15 horas, se introdujo en el vehículo del acusado, quien estaba "al aparentar encontrarse en el lugar y realizando servicios de taxi pirata". En lugar de conducirla a su domicilio, el hombre dirigió el coche hasta una zona apartada.

Durante el trayecto, la joven intentó bajarse del vehículo sin éxito y pidió auxilio por la ventanilla. Al llegar al lugar elegido, el agresor la arrastró hasta el cauce del arroyo El Tamarguillo, donde le hundió la cabeza en el agua en repetidas ocasiones para vencer su resistencia. La agresión sexual se produjo después de que el acusado la amenazara: "o te quedas quieta... porque ahora vienen seis más".

Tras consumar la violación, el agresor abandonó a la víctima al borde del canal. La joven fue auxiliada posteriormente por un socio de un club cercano y por integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, que la encontraron en la zona. Fue trasladada en ambulancia al Hospital Virgen del Rocío de Sevilla, donde se le diagnosticaron diversas lesiones, entre ellas una fractura del calcáneo derecho y abrasiones en rodillas y hombro.

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