El TSJA confirma la absolución de un hombre acusado de abusar del hijo menor de su esposa en Sevilla

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la acusación particular y ha ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial que absolvía a Salomón del delito de abusos sexuales sobre un menor de 16 años.

SEVILLA | Redacción LVS
El TSJA confirma la absolución de un hombre acusado de abusar del hijo menor de su esposa en Sevilla

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha puesto punto final a un caso de presuntos abusos sexuales ocurridos en Sevilla al confirmar la absolución dictada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial. El encausado, Salomón, estaba acusado de realizar tocamientos en las partes íntimas del hijo menor de su esposa, con quien convivía en la capital andaluza en una relación de parentesco directo como padrastro del niño.

La acusación particular había recurrido la sentencia absolutoria ante el TSJA solicitando su nulidad por un supuesto error en la valoración de la prueba. Tanto el Ministerio Fiscal como el propio investigado figuraban como parte apelada en el procedimiento.

El alto tribunal andaluz, con sede en Granada, ha rechazado de pleno los argumentos del recurso. En su resolución, el TSJA consideró que la parte apelante "se limita a expresar su disconformidad con la valoración de la prueba efectuada por la Audiencia, proponiendo una distinta, más acordes con los intereses de su patrocinada". Del mismo modo, la Sala estimó que no cabía apreciar que "la motivación fáctica de la sentencia adolezca de la sinrazón y manifiesto desacierto que la apelante le atribuye, ni que se haya apartado de las máximas de experiencias aplicables al caso".

Los hechos imputados

Los presuntos abusos se situaban entre los años 2013 y 2017, periodo en el que Salomón convivía en Sevilla con su esposa y los tres hijos menores de esta. La acusación sostenía que el encausado habría aprovechado los momentos en que se quedaba a solas con el niño -mientras lo bañaba, estaban en el salón o en el dormitorio- para cometer los tocamientos.

Sin embargo, la Audiencia Provincial de Sevilla determinó en su sentencia que "no constaba que cuando se quedaba a solas con él mientras lo bañaba, estaban en el salón o en el dormitorio, 'aprovechara para tocarle el pene o hacerle cosquillas, con lo que se excitaba'". Esa valoración de los hechos probados fue la que llevó a la absolución del delito de abusos sexuales sobre menor de 16 años del que venía siendo acusado por la acusación particular.

Una resolución definitiva

Con la desestimación del recurso de apelación por parte del TSJA, queda confirmada la absolución de Salomón. El tribunal superior ha respaldado íntegramente el criterio de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla al no encontrar defectos en su razonamiento ni en la valoración de las pruebas practicadas durante el juicio.

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