CSIF denuncia al Consorcio de Bomberos de Sevilla por imponer jornadas de más de 24 horas
El sindicato registró este lunes una reclamación formal contra la Gerencia del organismo provincial por la prolongación reiterada del servicio sin orden administrativa, una práctica que considera incompatible con la seguridad y el descanso del personal operativo.
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Delegados sindicales de CSIF en el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla registraron este lunes, 13 de abril, una denuncia formal contra la Gerencia del organismo por obligar al personal operativo a permanecer en servicio más allá de las 24 horas que dura la jornada ordinaria. La reclamación, amparada en el artículo 30 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), exige el cese inmediato de lo que el sindicato califica como una vía de hecho ejecutada mediante instrucciones verbales y sin ningún acto administrativo expreso dictado por el órgano competente.
El sindicato sostiene que no se trata de un episodio puntual, sino de una dinámica arraigada en la estructura del servicio. La organización sindical describe la situación como una práctica derivada de la insuficiencia organizativa en el sistema de relevo, que se reproduce de forma sucesiva en jornadas consecutivas y afecta a distintos miembros de la plantilla. Asimismo, CSIF afirma que la Gerencia del Consorcio contaba con conocimiento previo, formal y expreso de esta irregularidad -acreditado mediante escritos y registros anteriores- y que, pese a ello, ha omitido la adopción de medidas organizativas eficaces para garantizar un relevo efectivo.
El último incidente documentado por el sindicato se produjo el 12 de abril, cuando un mando operativo se dirigió verbalmente al personal que finalizaba su turno con una advertencia que CSIF considera de carácter disuasorio: "la responsabilidad es tuya si te marchas y sucede algo, el juez te puede condenar". Sin embargo, ese mismo mando se negó a formalizar la prolongación del servicio mediante una orden -ya fuera verbal o escrita- y a asumir la decisión de manera administrativa.
El personal pidió una orden formal que nunca llegó
Los representantes sindicales insisten en que los bomberos afectados no se opusieron a continuar trabajando si existía un mandato con respaldo legal. Los responsables de CSIF detallaron que "en ningún caso ha existido negativa por parte del personal a permanecer en servicio en caso de orden legalmente emitida, habiéndose solicitado de forma expresa al mando operativo la correspondiente orden formal, verbal o escrita, así como su posterior justificación administrativa, negándose éste a emitirla y a asumir formalmente dicha decisión".
Además, uno de los trabajadores afectados hizo constar expresamente que "no podía prolongar la jornada por encima de 24 horas y que no introduciría el equipo de protección individual (EPI) en su vehículo particular". El sindicato interpreta estas circunstancias como una evidencia de que el Consorcio traslada de manera sistemática al personal saliente la responsabilidad de cubrir carencias estructurales de plantilla, organización y medios materiales del servicio, sin ofrecer cobertura administrativa ni alternativas reales.
Riesgos para la seguridad del servicio público
CSIF advierte de que la persistencia de esta situación resulta incompatible con el derecho al descanso, la prevención de riesgos laborales y la correcta organización de un servicio público esencial como el de extinción de incendios y salvamento. El Consorcio provincial presta cobertura a la mayoría de los municipios de la provincia de Sevilla, por lo que las condiciones laborales de su plantilla repercuten directamente en la capacidad de respuesta ante emergencias que afectan a miles de ciudadanos.
CSIF anuncia nuevas acciones legales si la situación persiste
El sindicato ha avanzado que continuará reclamando las medidas estructurales necesarias para asegurar un relevo efectivo en cada turno y evitar que se repitan las prolongaciones forzosas de jornada. CSIF ha apercibido formalmente al Consorcio de que ejercerá las acciones contencioso-administrativas que legalmente correspondan en caso de que la actuación material denunciada no cese.