Paso decisivo para que el Cine Cervantes de Sevilla sea BIC tras la sentencia del TSJA
La sentencia, dictada el pasado 18 de mayo y conocida este martes, ratifica los valores históricos, arquitectónicos, sociales y culturales del inmueble y lo califica como "la única gran sala de cine histórica que permanece abierta en la ciudad".
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado de forma íntegra el recurso presentado contra el Decreto 61/2020 del ejecutivo andaluz, que declaró Bien de Interés Cultural (BIC), en la categoría de Monumento, al Cine Cervantes de Sevilla. La resolución judicial, fechada el 18 de mayo y dada a conocer este martes, confirma la validez de la protección patrimonial otorgada a este histórico inmueble sevillano y considera plenamente acreditados sus valores históricos, arquitectónicos, sociales y culturales.
El recurso había sido interpuesto por la propiedad del inmueble, que cuestionaba tanto la proporcionalidad de la catalogación como la motivación técnica del expediente tramitado por la Consejería de Cultura. Los magistrados rechazan ambos argumentos y concluyen que la legislación andaluza no exige que un bien posea valores "excepcionales" para recibir la máxima protección, sino que basta con que sean "relevantes", criterio que estiman plenamente aplicable al caso del Cine Cervantes.
En su fundamentación, el tribunal subraya que el edificio constituye "la única gran sala de cine histórica que permanece abierta en la ciudad de Sevilla" y lo califica como un "referente cultural identitario de la cinematografía" sevillana. Con estas consideraciones, la Sala respalda el papel del inmueble como símbolo de la memoria cinematográfica y escénica de la ciudad desde el siglo XIX.
La Consejería de Cultura actuó conforme a derecho
La sentencia también valida la actuación de la Consejería de Cultura, dirigida por Patricia del Pozo, al considerar que el departamento autonómico obró dentro de sus competencias legales en materia de protección del patrimonio histórico. El TSJA rechaza, además, que se produjera desviación de poder en la tramitación del expediente de catalogación.
Los magistrados recuerdan en la resolución que la finalidad de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía es garantizar la conservación, protección y transmisión del patrimonio cultural a las generaciones futuras, un objetivo al que responde la declaración BIC del Cine Cervantes.
Protección reforzada y posibilidad de recurso
Con este pronunciamiento judicial queda reforzada la protección institucional sobre uno de los espacios culturales más emblemáticos de Sevilla. No obstante, la sentencia no es firme y la propiedad del inmueble podría presentar recurso ante instancias judiciales superiores.